Abstract
¿Puede la tesis del reemplazo de Raz sobrevivir en el contexto de una teoría dworkiniana del derecho y de la adjudicación? Judging Positivism, de Margaret Martin, fornece una de las mejores reconstrucciones y una de las más interesantes críticas ya planteadas contra la influyente filosofía del derecho de Joseph Raz. En uno de los pasos centrales de su argumento, Martin desafía una sumisión central de Raz, que es el intento de combinar la tesis del reemplazo con la tesis de la justificación normal. Mientras la primera exige que ciudadanos y oficiales excluyan de la deliberación cualesquiera razones de primer orden para la acción, la ultima invita consideraciones sobre legitimidad que no se puede examinar con independencia de las razones de primer orden que la tesis del remplazo pretende excluir. En este comentario crítico, yo acepto la crítica de Martin según la cual esas dos tesis no pueden ser aceptadas como argumentos conceptuales. Sin embargo, sugiero que aún existe un espacio para armonizarlas si se las acepta por razones normativas. Si hay un buen argumento para tratar razones jurídicas como un nivel intermedio de razones para la acción, entonces puede haber buenos argumentos circunstanciales para tratar razones institucionales como remplazantes en el sentido que Raz defiende en su teoría del derecho.