Abstract
Se parte de la idea de que la teorética jurídica sólo es posible sobre unos claros presupuestos ontológicos bien conscientes de la dimensión normativa del derecho y superadores de deformaciones iusnaturalistas, sociologistas, textualistas y logicistas. El derecho es presentado como una técnica para gobernar y dirigir la conducta humana, una concepción a partir de la que es posible articular dos tipos de especulación: la tecnológica o la antropológica. La especulación tecnológica pretende, de un lado, racionalizar los modos de creación del derecho, valorar los modos existentes, explorar vías y medios para una elaboración más satisfactoria y, de otro lado, sistematizar los instrumentos en vigor para detectar sus usos potenciales y también fallos técnicos o efectos socialmente nocivos (dogmática jurídica). El planteamiento antropológico pretende estudiar el derecho en tanto que objeto cultural o humano y observa, con vocación explicativa, los comportamientos de los actores jurídicos y las experiencias jurídicas. Ambos planteamientos están ausentes en la concepción positivista del derecho, centrada más en el análisis doctrinal o ciencia del derecho.