Tutela e insurrección en los orígenes del derecho de resistencia

Revista Latinoamericana de Filosofia 33 (1):5-23 (2007)
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Abstract

Suele argumentarse que la contribución original de la Reforma a la teoría de la resistencia se basa en una exégesis del pasaje paulino de Romanos, según la cual sólo se debe obediencia a las autoridades que obran en favor del interés general. De ahí se derivaría una teoría constitucionalista de la resistencia protestante, que tendría en Calvino a uno de sus principales inspiradores. Sin embargo, en el derecho de resistencia calviniano la ciudadanía no es concebida como sujeto político en sentido estricto: el pueblo no es ni el fundamento de la autoridad ni puede reemplazarla o resistir si incumple sus deberes religiosos, sociales o políticos. La resistencia activa no está justificada más que como excepción y su motor es únicamente otra autoridad legitimada divinamente, esto es, que ocupe un oficio público, es decir, un tutor. La existencia de una tutoría semejante implica reconocer la incapacidad jurídica del menor tutelado, esto es, el pueblo. Difícilmente puede hablarse aquí de constitucionalismo o democracia. El análisis de las ideas del reformador en el contexto en el que fueron puestas en práctica apoyará esta tesis.

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Marta García-Alonso
Universidad Nacional de Educación a Distancia

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